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Chile

Juzgado de Policía Local de Pozo Almonte se declaró incompetente para conocer demanda por daño ambiental.

Martes 20 de Junio de 2017.- El Juzgado de Policía Local de Pozo Almonte se declaró incompetente para conocer la demanda infraccional que presentó el municipio de la Región de Tarapacá en contra de SQM, por presunta extracción irregular de agua subterránea de la Reserva Nacional Pampa del Tamarugal.

En una primera instancia, el tribunal había acogido la medida prejudicial de la entidad que solicitaba la paralización de pozos que posee la minera no metálica en el Salar de Llamara. Sin embargo, ayer a través de una nueva resolución, el juez Mario Reveco admitió que el tribunal de Policía Local carece de competencia para conocer de las infraccio nes establecidas en la Ley que resguarda los parques nacionales.

“Careciendo de competencia el tribunal (…) Déjense sin efecto las medidas de apremio o precautorias decretadas en contra de la denunciada”, consignó la resolución del Juzgado de Policía Local de Pozo Almonte.

El caso va en paralelo al proceso sancionatorio al cual está sujeto SQM ante la Superintendencia de Medio Ambiente por una serie de incumplimientos ambientales a la resolución de calificación ambiental de la planta productiva Pampa Hermosa.

Para el municipio, la evaluación ambiental del proyecto Pampa Hermosa supuso que su área de influencia estaba radicado a dos áreas parcialmente: la Reserva Nacional Pampa del Tamarugal y la Desembocadura del Río Loa, considerada como zona de protección ecológica en los Planes Reguladores Intercomunales de los Bordes Costeros de las regiones de Tarapacá y Antofagasta.

Respuesta

SQM valoró la resolución del magistrado, que revirtió su decisión de paralizar la extracción de agua de los pozos. “Lo relevante es que el juez ha reconocido que la ley en virtud de la cual se demandó a SQM -esto es, la ley 18.362- no se encuentra vigente”, sostuvo la compañía.

“Es muy importante considerar, que SQM no ha incurrido en conductas que signifiquen daño ambiental, cuestión que ha sido reconocida por el Fiscal Instructor de la División de Sanción y Cumplimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente, quien dentro del marco de la investigación que se sigue respecto de SQM, ha establecido que a la fecha de formulación de cargos no existen antecedentes suficientes que permitiesen constatar daño ambiental, relacionado con los cargos formulados, situación que a la fecha no se ha visto alterada”, concluyó.

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